ABANDONO: LAS ASEGURADORAS YA NO BRINDARAN AYUDA MECANICA A SUS ASEGURADOS. EXCEPCIONES.

El Gobierno limitó a las compañías de seguros: ya no podrán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico La resolución fue publicada el viernes en el Boletín Oficial con el objetivo de aumentar la competencia y desregular el sector; hay tres excepciones en las que la compañía está obligada a cubrir la asistencia 27 de […]

El Gobierno limitó a las compañías de seguros: ya no podrán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico

La resolución fue publicada el viernes en el Boletín Oficial con el objetivo de aumentar la competencia y desregular el sector; hay tres excepciones en las que la compañía está obligada a cubrir la asistencia

27 de abril de 202411:55

Servicio de grúa.
Servicio de grúa.

El Gobierno limitó esta semana a las compañías de seguros. A partir de ahora ya no podrán ofrecer los servicios de grúa y auxilio mecánico dentro de sus coberturas. La Resolución 217/2024 fue publicada el viernes en el Boletín Oficial (BO) en pos de desregular el sector, “proteger al ciudadano” y aumentar la competencia. En tanto, hay  excepciones en las que las empresas están obligadas a cubrir la asistencia:

"ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase la cláusula CG-CO 4.1. del inciso a.1) del Anexo del Punto 23.6. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias) por el siguiente texto:

CG-CO 4.1 Gastos de Traslado y Estadía Cláusula de emisión obligatoria

En caso de daño y/o incendio que impida la circulación del vehículo asegurado, o en caso de robo o hurto, serán por cuenta del Asegurador, aunque con la indemnización lleguen a exceder la suma asegurada, los gastos normales, necesarios y razonablemente incurridos por:

a) El traslado del vehículo asegurado hasta el lugar más próximo al del siniestro o al de su aparición en caso del robo o hurto, donde se pueda efectuar su inspección, reparación o puesta a disposición del asegurado.

b) La estadía del vehículo asegurado en garaje, taller, local o depósito, para su guarda a los efectos de su reparación o puesta a disposición del asegurado.

En ningún caso se encuentran cubiertos por esta cláusula el traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto.

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), a cargo de Guillermo Plate, decidió limitar estos servicios que usualmente ofrecen las compañías de seguros y tiene como objetivo “liberar al ciudadano de la regulación excesiva para clarificar sus derechos y obligaciones”.

Según el texto de la norma, los casos que ya no tendrán esta cobertura son: “desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas o falta de combustible”.

En tanto, las aseguradoras tendrán la obligación de cubrir los costos de grúa y auxilio mecánico en los casos de “accidente, incendio y robo y/o hurto”.

La nueva medida modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, que data del 2014, y dio un plazo máximo de 90 días para que las aseguradoras realicen el cambio. También deberá incluirse en las nuevas pólizas cuando finalice el contrato con cada usuario.

Desde la Superintendencia de Seguros también argumentaron que se busca “proteger a los asegurados y supervisar a las aseguradoras”.

“La SSN busca proteger al ciudadano, enfocando la responsabilidad de las aseguradoras en el objeto principal del contrato de seguros que es el de cubrir riesgos e indemnizar siniestros, en vez de brindar un servicio ajeno a la actividad deficiente en su prestación y con un alto grado de insatisfacción”, sostuvieron.

La SSN busca proteger al ciudadano, enfocando la responsabilidad de las aseguradoras en el objeto principal del contrato de seguros que es el de cubrir riesgos e indemnizar siniestros, en vez de brindar un servicio ajeno a la actividad, ...— SSN ARGENTINA (@ssn_ar) April 26, 2024

En esa misma línea, agregaron: “Por esto [se] ha resuelto que, en los próximos 90 días, las aseguradoras de vehículos deberán adecuar las pólizas de manera de excluir los servicios de traslado salvo en casos vinculados a un accidente o siniestro, abriendo el mercado a la libre competencia”.

Y cierran: “De esta manera se otorga la posibilidad de, por un lado, un mayor desarrollo de la oferta y por el otro, al ciudadano, de elegir precio y servicio según su conveniencia y criterio”.

Plate se desempeñó en la SSN entre 2017 y 2019, durante la gestión de Mauricio Macri. Cuando fue designado, el gobierno de Javier Milei indicó que el funcionario “procurará que la industria aseguradora asuma el rol que le corresponde para el crecimiento del país, promoviendo el desarrollo de la economía real y productiva”.

  • FUENTE: https://www.lanacion.com.ar/sociedad/el-gobierno-limito-a-los-seguros-ya-no-podran-ofrecer-servicio-de-grua-y-auxilio-mecanico-nid27042024/
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